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Finanzas personales

Trabajadores por cuenta propia

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Trabajadores por cuenta propia

De acuerdo con lo establecido en la Ley 1607 de 2012, respecto al impuesto de renta, las personas naturales se clasifican en las siguientes categorías tributarias:

  1. Empleados.
  2. Trabajadores por cuenta propia.

 

¿Qué es un trabajador por cuenta propia?

La Ley 1607 de 2012 lo establece en el artículo 329 de Estatuto Tributario, definiendo a los trabajadores por cuenta propia de la siguiente manera:

«Se entiende como trabajador por cuenta propia, toda persona natural residente en el país cuyos ingresos provengan en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%) de la realización de una de las actividades económicas señaladas en el Capítulo II del Título V del Libro I del Estatuto Tributario.»

 

¿Cuáles son las actividades económicas que realizan los trabajadores por cuenta propia?

Recuerde que para considerarse un trabajador por cuenta propia, los ingresos de una persona deben provenir en una proporción igual o superior al 80% de las siguientes actividades, la cuales fueron homologadas con las actividades de la clasificación CIIU por medio del Decreto 1473 del 2014. Estas son las actividades:

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y OTRAS ACTIVIDADES DE ESPARCIMIENTO

9200 Actividades de juegos de azar y apuestas.

9311 Gestión de instalaciones deportivas.

9312 Actividades de clubes deportivos.

9319 Otras actividades deportivas.

9321 Actividades de parques de atracciones y parques temáticos.

9329 Otras actividades recreativas y de esparcimiento n.c.p.

AGROPECUARIO, SILVICULTURA Y PESCA

0111 Cultivo de cereales (excepto arroz), legumbres y semillas oleaginosas.

0112 Cultivo de arroz.

0113 Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos.

0114 Cultivo de tabaco.

0115 Cultivo de plantas textiles.

0119 Otros cultivos transitorios n.c.p.

0121 Cultivo de frutas tropicales y subtropicales.

0122 Cultivo de plátano y banano.

0123 Cultivo de café.

0124 Cultivo de caña de azúcar.

0125 Cultivo de flor de corte.

0126 Cultivo de palma para aceite (palma africana) y otros frutos oleaginosos.

0127 Cultivo de plantas con las que se preparan bebidas.

0128 Cultivo de especias y de plantas aromáticas y medicinales.

0129 Otros cultivos permanentes n.c.p.

0130 Propagación de plantas (actividades de los viveros, excepto viveros forestales).

0141 Cría de ganado bovino y bufalino.

0142 Cría de caballos y otros equinos.

0143 Cría de ovejas y cabras.

0144 Cría de ganado porcino.

0145 Cría de aves de corral.

0149 Cría de otros animales n.c.p.

0150 Explotación mixta (agrícola y pecuaria).

0161 Actividades de apoyo a la agricultura.

0162 Actividades de apoyo a la ganadería.

0163 Actividades posteriores a la cosecha.

0164 Tratamiento de semillas para propagación.

0170 Caza ordinaria y mediante trampas y actividades de servicios conexas.

0210 Silvicultura y otras actividades forestales.

0220 Extracción de madera.

0230 Recolección de productos forestales diferentes a la madera.

0240 Servicios de apoyo a la silvicultura.

0311 Pesca marítima.

0312 Pesca de agua dulce.

0321 Acuicultura marítima.

0322 Acuicultura de agua dulce.

COMERCIO AL POR MAYOR

4610 Comercio al por mayor a cambio de una retribución o por contrata.

4620 Comercio al por mayor de materias primas agropecuarias; animales vivos.

4631 Comercio al por mayor de productos alimenticios.

4632 Comercio al por mayor de bebidas y tabaco.

4641 Comercio al por mayor de productos textiles, productos confeccionados para uso doméstico.

4642 Comercio al por mayor de prendas de vestir.

4643 Comercio al por mayor de calzado.

4644 Comercio al por mayor de aparatos y equipo de uso doméstico.

4645 Comercio al por mayor de productos farmacéuticos, medicinales, cosméticos y de tocador.

4649 Comercio al por mayor de otros utensilios domésticos n.c.p.

4651 Comercio al por mayor de computadores, equipo periférico y programas de informática.

4652 Comercio al por mayor de equipo, partes y piezas electrónicos y de telecomuni­caciones.

4653 Comercio al por mayor de maquinaria y equipo agropecuarios.

4659 Comercio al por mayor de otros tipos de maquinaria y equipo n.c.p.

4661 Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos, gaseosos y productos conexos.

4662 Comercio al por mayor de metales y productos metalíferos.

4663 Comercio al por mayor de materiales de construcción, artículos de ferretería, pinturas, productos de vidrio, equipo y materiales de fontanería y calefacción.

4664 Comercio al por mayor de productos químicos básicos, cauchos y plásticos en formas primarias y productos químicos de uso agropecuario.

4665 Comercio al por mayor de desperdicios, desechos y chatarra.

4669 Comercio al por mayor de otros productos n.c.p.

4690 Comercio al por mayor no especializado.

COMERCIO AL POR MENOR

4711 Comercio al por menor en establecimientos no especializados con surtido compuesto principalmente por alimentos, bebidas o tabaco.

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4719 Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con surtido compuesto principalmente por productos diferentes de alimentos (víveres en general), bebidas y tabaco.

4721 Comercio al por menor de productos agrícolas para el consumo en establecimientos especializados.

4722 Comercio al por menor de leche, productos lácteos y huevos, en establecimientos especializados.

4723 Comercio al por menor de carnes (incluye aves de corral), productos cárnicos, pescados y productos de mar, en establecimientos especializados.

4724 Comercio al por menor de bebidas y productos del tabaco, en establecimientos especializados.

4729 Comercio al por menor de otros productos alimenticios n.c.p., en establecimientos especializados.

4731 Comercio al por menor de combustible para automotores.

4732 Comercio al por menor de lubricantes (aceites, grasas), aditivos y productos de limpieza para vehículos automotores.

4741 Comercio al por menor de computadores, equipos periféricos, programas de informática y equipos de telecomunicaciones en establecimientos especializados.

4742 Comercio al por menor de equipos y aparatos de sonido y de video, en establecimientos especializados.

4751 Comercio al por menor de productos textiles en establecimientos especializados.

4752 Comercio al por menor de artículos de ferretería, pinturas y productos de vidrio en establecimientos especializados.

4753 Comercio al por menor de tapices, alfombras y cubrimientos para paredes y pisos en establecimientos especializados.

4754 Comercio al por menor de electrodomésticos y gasodomésticos de uso doméstico, muebles y equipos de iluminación.

4755 Comercio al por menor de artículos y utensilios de uso doméstico.

4759 Comercio al por menor de otros artículos domésticos en establecimientos especializados.

4761 Comercio al por menor de libros, periódicos, materiales y artículos de papelería y escritorio, en establecimientos especializados.

4762 Comercio al por menor de artículos deportivos, en establecimientos especializados.

4769 Comercio al por menor de otros artículos culturales y de entretenimiento n.c.p. en establecimientos especializados.

4771 Comercio al por menor de prendas de vestir y sus accesorios (incluye artículos de piel) en establecimientos especializados.

4772 Comercio al por menor de todo tipo de calzado y artículos de cuero y sucedáneos del cuero en establecimientos especializados.

4773 Comercio al por menor de productos farmacéuticos y medicinales, cosméticos y artículos de tocador en establecimientos especializados.

4774 Comercio al por menor de otros productos nuevos en establecimientos especializados.

4775 Comercio al por menor de artículos de segunda mano.

4781 Comercio al por menor de alimentos, bebidas y tabaco, en puestos de venta móviles.

4782 Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado, en puestos de venta móviles.

4789 Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta móviles.

4791 Comercio al por menor realizado a través de internet.

4792 Comercio al por menor realizado a través de casas de venta o por correo.

4799 Otros tipos de comercio al por menor no realizado en establecimientos, puestos de venta o mercados.

COMERCIO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES, ACCESORIOS Y PRODUCTOS CONEXOS

4511 Comercio de vehículos automotores nuevos.

4512 Comercio de vehículos automotores usados.

4520 Mantenimiento y reparación de vehículos automotores.

4530 Comercio de partes, piezas (autopartes) y accesorios (lujos) para vehículos automotores.

4541 Comercio de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios.

4542 Mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus partes y piezas.

CONSTRUCCIÓN

4111 Construcción de edificios residenciales.

4112 Construcción de edificios no residenciales.

4210 Construcción de carreteras y vías de ferrocarril.

4220 Construcción de proyectos de servicio público.

4290 Construcción de otras obras de ingeniería civil.

4311 Demolición.

4312 Preparación del terreno.

4321 Instalaciones eléctricas.

4322 Instalaciones de fontanería, calefacción y aire acondicionado.

4329 Otras instalaciones especializadas.

4330 Terminación y acabado de edificios y obras de ingeniería civil.

4390 Otras actividades especializadas para la construcción de edificios y obras de ingeniería civil.

ELECTRICIDAD, GAS Y VAPOR

3520 Producción de gas; distribución de combustibles gaseosos por tuberías.

3530 Suministro de vapor y aire acondicionado.

FABRICACIÓN DE PRODUCTOS MINERALES Y OTROS

2310 Fabricación de vidrio y productos de vidrio.

2391 Fabricación de productos refractarios.

2392 Fabricación de materiales de arcilla para la construcción.

2393 Fabricación de otros productos de cerámica y porcelana.

2394 Fabricación de cemento, cal y yeso.

2395 Fabricación de artículos de hormigón, cemento y yeso.

2396 Corte, tallado y acabado de la piedra.

2399 Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.p.

2410 Industrias básicas de hierro y de acero.

2421 Industrias básicas de metales preciosos.

2429 Industrias básicas de otros metales no ferrosos.

2431 Fundición de hierro y de acero.

2432 Fundición de metales no ferrosos.

FRABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

2011 Fabricación de sustancias y productos químicos básicos.

2012 Fabricación de abonos y compuestos inorgánicos nitrogenados.

2013 Fabricación de plásticos en formas primarias.

2014 Fabricación de caucho sintético en formas primarias.

2021 Fabricación de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario.

2022 Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares, tintas para impresión y masillas.

2023 Fabricación de jabones y detergentes, preparados para limpiar y pulir; perfumes y preparados de tocador.

2029 Fabricación de otros productos químicos n.c.p.

2030 Fabricación de fibras sintéticas y artificiales.

2100 Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y pro­ductos botánicos de uso farmacéutico.

INDUSTRIA DE LA MADERA, CORCHO Y PAPEL

1610 Aserrado, acepillado e impregnación de la madera.

1620 Fabricación de hojas de madera para enchapado; fabricación de tableros contra­chapados, tableros laminados, tableros de partículas y otros tableros y paneles.

1630 Fabricación de partes y piezas de madera, de carpintería y ebanistería para la construcción.

1640 Fabricación de recipientes de madera.

1690 Fabricación de otros productos de madera; fabricación de artículos de corcho, cestería y espartería.

1701 Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y cartón.

1702 Fabricación de papel y cartón ondulado (corrugado); fabricación de envases, empaques y de embalajes de papel y cartón.

1709 Fabricación de otros artículos de papel y cartón.

1811 Actividades de impresión.

1812 Actividades de servicios relacionados con la impresión.

1820 Producción de copias a partir de grabaciones originales.

MANUFACTURA DE ALIMENTOS

1011 Procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos.

1012 Procesamiento y conservación de pescados, crustáceos y moluscos.

1020 Procesamiento y conservación de frutas, legumbres, hortalizas y tubérculos.

1030 Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal y animal.

1040 Elaboración de productos lácteos.

1051 Elaboración de productos de molinería.

1052 Elaboración de almidones y productos derivados del almidón.

1061 Trilla de café.

1062 Descafeinado, tostión y molienda del café.

1063 Otros derivados del café.

1071 Elaboración y refinación de azúcar.

1072 Elaboración de panela.

1081 Elaboración de productos de panadería.

1082 Elaboración de cacao, chocolate y productos de confitería.

1083 Elaboración de macarrones, fideos, alcuzcuz y productos farináceos similares.

1084 Elaboración de comidas y platos preparados.

1089 Elaboración de otros productos alimenticios n.c.p.

1090 Elaboración de alimentos preparados para animales.

1101 Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas.

1102 Elaboración de bebidas fermentadas no destiladas.

1103 Producción de malta, elaboración de cervezas y otras bebidas malteadas.

1104 Elaboración de bebidas no alcohólicas, producción de aguas minerales y de otras aguas embotelladas.

MANUFACTURA TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR Y CUERO

1311 Preparación e hilatura de fibras textiles.

1312 Tejeduría de productos textiles.

1313 Acabado de productos textiles.

1391 Fabricación de tejidos de punto y ganchillo.

1392 Confección de artículos con materiales textiles, excepto prendas de vestir.

1393 Fabricación de tapetes y alfombras para pisos.

1394 Fabricación de cuerdas, cordeles, cables, bramantes y redes.

1399 Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.

1410 Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel.

1420 Fabricación de artículos de piel.

1430 Fabricación de artículos de punto y ganchillo.

1511 Curtido y recurtido de cueros; recurtido y teñido de pieles.

1512 Fabricación de artículos de viaje, bolsos de mano y artículos similares elaborados en cuero, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería.

1513 Fabricación de artículos de viaje, bolsos de mano y artículos similares; artículos de talabartería y guarnicionería elaborados en otros materiales.

1521 Fabricación de calzado de cuero y piel, con cualquier tipo de suela.

1522 Fabricación de otros tipos de calzado, excepto calzado de cuero y piel.

1523 Fabricación de partes del calzado.

MINERÍA

0510 Extracción de hulla (carbón de piedra).

0520 Extracción de carbón lignito.

0610 Extracción de petróleo crudo.

0620 Extracción de gas natural.

0710 Extracción de minerales de hierro.

0721 Extracción de minerales de uranio y de torio.

0722 Extracción de oro y otros metales preciosos.

0723 Extracción de minerales de níquel.

0729 Extracción de otros minerales metalíferos no ferrosos n.c.p.

0811 Extracción de piedra, arena, arcillas comunes, yeso y anhidrita.

0812 Extracción de arcillas de uso industrial, caliza, caolín y bentonitas.

0820 Extracción de esmeraldas, piedras preciosas y semipreciosas.

0891 Extracción de minerales para la fabricación de abonos y productos químicos.

0892 Extracción de halita (sal).

0899 Extracción de otros minerales no metálicos n.c.p.

0910 Actividades de apoyo para la extracción de petróleo y de gas natural.

0990 Actividades de apoyo para otras actividades de explotación de minas y canteras.

SERVICIO DE TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y COMUNICACIONES

4911 Transporte férreo de pasajeros.

4912 Transporte férreo de carga.

4921 Transporte de pasajeros.

4922 Transporte mixto.

4923 Transporte de carga por carretera.

4930 Transporte por tuberías.

5011 Transporte de pasajeros marítimo y de cabotaje.

5012 Transporte de carga marítimo y de cabotaje.

5021 Transporte fluvial de pasajeros.

5022 Transporte fluvial de carga.

5111 Transporte aéreo nacional de pasajeros.

5112 Transporte aéreo internacional de pasajeros.

5121 Transporte aéreo nacional de carga.

5122 Transporte aéreo internacional de carga.

5210 Almacenamiento y depósito.

5221 Actividades de estaciones, vías y servicios complementarios para el transporte terrestre.

5222 Actividades de puertos y servicios complementarios para el transporte acuático.

5223 Actividades de aeropuertos, servicios de navegación aérea y demás actividades conexas al transporte aéreo.

5224 Manipulación de carga.

5229 Otras actividades complementarias al transporte.

5310 Actividades postales nacionales.

5320 Actividades de mensajería.

6110 Actividades de telecomunicaciones alámbricas.

6120 Actividades de telecomunicaciones inalámbricas.

6130 Actividades de telecomunicación satelital.

6190 Otras actividades de telecomunicaciones.

SERVICIO DE HOTELES, RESTAURANTES Y SIMILARES

5511 Alojamiento en hoteles.

5512 Alojamiento en apartahoteles.

5513 Alojamiento en centros vacacionales.

5514 Alojamiento rural.

5519 Otros tipos de alojamientos para visitantes.

5520 Actividades de zonas de camping y parques para vehículos recreacionales.

5530 Servicio por horas

5590 Otros tipos de alojamiento n.c.p.

5611 Expendio a la mesa de comidas preparadas.

5612 Expendio por autoservicio de comidas preparadas.

5613 Expendio de comidas preparadas en cafeterías.

5619 Otros tipos de expendio de comidas preparadas n.c.p.

5621 Catering para eventos.

5629 Actividades de otros servicios de comidas.

5630 Expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento.

SERVICIOS FINANCIEROS

6493 Actividades de compra de cartera o factoring.

6612 Corretaje de valores y de contratos de productos básicos.

6621 Actividades de agentes y corredores de seguros.

6629 Evaluación de riesgos y daños, y otras actividades de servicios auxiliares.

Ingeniero Industrial, especialista en Logística, Cadena de Abastecimiento, Marketing de contenidos, Finanzas y presupuestos. Co-fundador de abcfinanzas.com y Fundador del sitio web ingenieriaindustrialonline.com.

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Consumo inteligente

Retiros gratuitos de cuentas de ahorros

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Retiros gratuitos de cuentas de ahorros

El xx de diciembre de 2017 la presidencia de la República de Colombia sancionó la Ley xxxx, por medio de la cual se obliga a los establecimientos de crédito a fijar, al menos, un canal gratuito para efectuar retiros de recursos captados a través de contratos de depósito en cuentas de ahorro.

Para los autores de la ley:

“la actividad financiera es enormemente lucrativa, lo que justifica que a los ahorradores -que son el sostén del crecimiento de la banca colombiana- no se les cobre por el retiro de sus depósitos”

El contenido de la Ley, por la cual se dictan medidas relacionadas con los contratos de depósito de dinero en cuentas de ahorro con depósitos mensuales inferiores a 3 smlmv.

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Artículo 1°. Los establecimientos de crédito deberán ofrecer a todos los titulares de cuentas de ahorro con depósitos mensuales iguales o inferiores a 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv), a título gratuito, al menos una forma, segura y sin limitación de montos, de retiros electrónicos. Los establecimientos de crédito ofrecerán para estas cuentas de ahorro, la posibilidad de efectuar mínimo dos (2) retiros en cajeros automáticos y una consulta de saldo mensuales a título gratuito.

Parágrafo. La Superintendencia Financiera velará por el cumplimiento de este deber legal por parte de los establecimientos de crédito y dará prelación al trámite de las quejas que se presenten por su incumplimiento.

Artículo 2°. La presente ley rige desde su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

En la actualidad, cualquier banco o entidad financiera le puede estar cobrando un determinado porcentaje al cuentahabiente por cada retiro que este haga de su cuenta de ahorros, incluso dentro de la red de cajeros de la propia entidad. También se le cobra al usuario por la libreta o el talonario que requiera el cliente para sus retiros.

Con la entrada en vigencia de esta nueva Ley, las entidades financieras deberán ofrecer alternativas  para que el usuario haga retiros de su cuenta de ahorros sin que esto tenga valor o deba cancelar algo por ello, incluso sin que esa libreta o talonario le cueste.

Vale la pena considerar que la Superintendencia Financiera será la que vele por el cumplimiento de esta norma.

Cobros por retiros en cajeros automáticos

Estos son algunos de los cobros que realizan las entidades financieras al momento de retirar dinero por medio de los cajeros electrónicos:

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Conceptos básicos financieros

Modificación de créditos según circular externa 026

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¿En qué consiste la modificación de créditos?

Según la circular externa 026 de la Superintendencia financiera de Colombia, la persona que tenga un crédito en una entidad financiera podrá realizar una solicitud de modificación de créditos, la cual consiste en realizar una ampliación de plazo que disminuya la cuota y que esta por supuesto esté acorde a la nueva capacidad de pago del cliente, el beneficio radica en que este cambio no le generará de inmediato una marca de reestructuración en las centrales de información.

Requisitos para acceder a la modificación de créditos:

Si usted está pasando por una situación económica que le impide cumplir con el pago de su obligación, puede solicitar la modificación de créditos para que le amplíen el plazo y de esta manera le disminuya su cuota, tenga en cuenta que debe cumplir con los siguientes requisitos para acceder a este alivio financiero:

  • Si tiene un microcrédito o un crédito de consumo no puede estar en mora por más de 60 días, si tiene un crédito de cartera comercial no puede estar en mora por más de 90 días. Dicho atraso o mora tuvo que haberse registrado en los últimos 6 meses con corte al cierre del mes anterior. Esto quiere decir que si hoy 13 de septiembre está solicitando la modificación de créditos, la entidad financiera tomará como corte el 31 de agosto, analizando de esta manera los últimos 6 meses (Febrero – agosto), tiempo en el cuál debió presentarse el atraso para que pueda cumplir con este requisito.
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  • Debe estar de acuerdo con la modificación a realizarse en el crédito, la cual consiste en que debe disminuir la cuota.
  • Debe tener capacidad de pago, es decir que demuestre que tiene como responder a la nueva cuota que le quedará.
  • El crédito que se está solicitando modificar no puede ser un crédito ya reestructurado o que tenga dicha marca en las centrales de riesgo.

¿En qué consiste la reestructuración del crédito?

Según la circular externa 026 de la Superintendencia financiera de Colombia, si el titular del crédito no puede sustentar la fuente de pago o no tiene como responder a la nueva cuota (en caso que se le esté validando la opción de modificación), el alivio será a través de reestructuración. Tenga en cuenta que un crédito se puede reestructurar máximo hasta 2 veces en toda su vigencia, con 6 meses de tiempo entre dichas reestructuraciones. En este orden de ideas, la diferencia que existe entre la modificación de créditos y la reestructuración es que esta última genera una marca de «reestructuración» en centrales de riesgo, lo que significa que si usted intenta adquirir un crédito o servicio en una entidad que consulte o valide su información en las centrales de información, encontrarán que actualmente usted tiene un crédito reestructurado, lo que puede interpretarse como problemas de liquidez y posiblemente dicha entidad le niegue la solicitud por ver en usted un riesgo de impago.

También le puede interesar: centrales de riesgo.

¿Cuándo se otorga el alivio por modificación de créditos o reestructuración?

En los casos que usted acuda a la entidad financiera a solicitar un alivio o solución a sus problemas de atraso en la cuota del crédito, la primera opción siempre será la de modificación de créditos, por el beneficio de no quedar marcado en las centrales de riesgo. Es decir que si usted intenta adquirir un crédito o servicio en una entidad que consulte o valide su información en las centrales de información, encontrarán que actualmente usted tiene un crédito que paga sin inconveniente, y posiblemente en este caso dicha entidad le apruebe la solicitud porque se refleja un buen comportamiento de pago. De igual forma, tenga en cuenta que la entidad podrá efectuar la modificación de créditos siempre y cuando cumpla con los requisitos mencionados anteriormente.

Para los créditos que tienen un codeudor, si el titular de la obligación no tiene capacidad de pago para responder a dicha modificación, pero quien aporta el dinero es el codeudor que sí tiene la capacidad de responder, el alivio en este caso siempre será reestructuración, así el codeudor esté involucrado en la cuota del crédito. El análisis financiero siempre deberá ser el del titular del crédito, no puede ser reemplazado en el análisis por los datos del codeudor.

Lea también: Refinanciación de un crédito.

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Finanzas personales

El ciclo del dinero en tus finanzas

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En el siguiente artículo hablaremos de qué se trata el ciclo del dinero y cómo funciona para tus finanzas personales. El ciclo del dinero es importante identificarlo porque así mismo como llega a tus manos así mismo se puede ir, de hecho es probable que si te llega cada mes o quincena cierta cantidad de dinero, este mismo día desaparezca de tus manos sino comprendes cuál debería ser el ciclo que este debería tener en tu vida.

¿Por qué es importante el ciclo del dinero en tus finanzas personales?

El ciclo del dinero es importante para cada uno de los elementos de tu vida, y lo que te recomendamos para controlarlo es utilizar un calendario para que te ayude a validar las fechas exactas que recibes o te entra dinero, las fechas que debes cumplir con los gastos y deudas que tienes a cargo, incluso las fechas que puedes ahorrar. Cuando se hace esto, se logra comparar las fechas en que debes cumplir con tus gastos, obligaciones, ahorro contra las fechas en que recibes tus ingresos. Como consecuencia de esta comparación logras identificar que este ingreso está en un nivel óptimo para responder a todas las obligaciones.

El flujo de caja

Algo elemental dentro del ciclo del dinero es el flujo de caja, de hecho dentro de las finanzas personales lo más importante es contar con un flujo de caja personal, razón por la cual es una herramienta que si o si debes aprender a manejar y controlar.

El flujo de caja es la diferencia que existe entre los ingresos y los egresos,

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lo que quiere decir que cuando logras visualizar tus ingresos y egresos e identificas diferencia entre ellos, puedes validar lo siguiente:

La imagen anterior indica que si el ingreso es mayor al egreso, estas en superávit, que tienes flujo de caja libre, tienes dinero disponible, tienes liquidez, con lo que incluso podrías apalancarte para realizar inversiones y ahorrar para imprevistos o gastos futuros. ¿Pero qué ocurre con lo que se plantea en la siguiente imagen?:

Esta imagen indica que cuando tu comparas tus ingresos y los egresos y visualizas que el resultado es igual a cero quiere decir que estas en punto de equilibrio, no tienes sobrantes que te permitan destinar dinero para invertir, para ahorrar o incluso para responder a alguna situación que no esté en tus cuentas. Por esta y otras razones relacionadas no te recomendamos estar en esta situación, estás en un riesgo financiero, estás en una posición no recomendada y debes hacer ajustes a tus gastos lo antes posible, porque si surge algún gasto adicional que no estaba en tus cuentas es posible que para poder responder a este se tenga que recurrir a la deuda.

En las imágenes anteriores detallamos lo que ocurría cuando los ingresos eran mayores a los egresos, y cuando los ingresos eran iguales a los egresos. ¿Qué pasa cuando los ingresos son menores a los egresos?

Esta imagen refleja la peor situación financiera dentro de tus finanzas, porque cuando presentas un flujo de caja negativo, esto significa que estás en una mala situación financiera. Lo que te recomendamos es que inicialmente evalúes todos tus gastos, siempre debes arrancar por aquí para que revises aquellos que puedes eliminar, y en caso de que lo puedas hacer sería de gran alivio para tu bienestar financiero. Ten en cuenta que los flujos de caja negativos repetitivos por cierto tiempo, pueden causarte graves problemas para el presente y futuro, de los que podrías arrepentirte. En el siguiente artículo conocerá cual debe ser la distribución correcta de sus gastos, deudas y ahorro con relación a sus ingresos: La ecuación financiera personal.

En tu flujo de caja te recomendamos tener un control de tus ingresos y gastos en el tiempo para que puedas tomar mejores decisiones. De esta manera el flujo de caja se convierte en una herramienta y en la primera fuente de información que puedes estudiar y analizar mes a mes, pero ten en cuenta que este control debe ir acompañado del calendario, porque si logras ubicar todos tus ingresos y tus gastos en las fechas correspondientes, puedes monitorear fácilmente el ciclo del dinero. Lo que quiere decir que si haces esto, puedes tener un presupuesto ajustado para todos tus gastos y no caer en el error de incurrir en gastos desbordados y no controlados de fin de semana en discotecas, restaurantes, compras en almacenes, que no estaban dentro del flujo de caja y que te llevan poco a poco a deteriorar tus finanzas personales. En el siguiente artículo le explicamos cómo construir un presupuesto personal: Pasos para construir un Presupuesto personal.

Como consejo para que manejes tus finanzas personales es que «una cosa es el querer y otra es el poder», y tú para poder tomar decisiones acertadas, no solamente debes de mirar lo que quieres, también debes analizar lo que puedes, porque si puedes menos de lo que quieres y aun así vas a ir detrás de lo que quieres, probablemente e indudablemente caerás en una carrera continua de endeudamiento. ABCFinanzas.com te recomienda siempre validar y ajustar constantemente tu flujo de caja, para que al menos estés siempre en punto de equilibrio (aunque no es recomendable) y logres poco a poco llevar tu flujo a un flujo de caja positivo, que te permita contar con una liquidez disponible para el ahorro, y que este a su vez te permita con el tiempo capitalizarte para crecer en patrimonio (comprar una casa por ejemplo) o quizás para invertir en una oportunidad de negocio que te genere más ingresos que sería lo ideal.

En el siguiente artículo encontrará consejos para que maneje sus finanzas: Consejos para manejar sus finanzas.

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